Ciudadanía Italiana

Ciudadanía italiana: nuevas reglas (2025) y quién tiene derecho

La reforma de 2025 cambió criterios para la ciudadanía por descendencia. Conozca sobre el artículo 3‑bis, excepciones, plazos de transición y documentos necesarios.

Ciudadanía italiana: nuevas reglas (2025) y quién tiene derecho
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Ciudadanía italiana: nuevas reglas (2025) y quién tiene derecho

La reforma de 2025 modificó quién puede solicitar la ciudadanía italiana por descendencia: el Decreto‑Ley nº 36/2025 (convertido en la Ley nº 74/2025) introdujo el artículo 3‑bis en la Ley nº 91/1992 y dispuso nuevos criterios y excepciones. Las solicitudes formalizadas hasta las 23h59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025 pueden someterse a reglas de transición previstas por el decreto.

Meta description: Reforma de 2025 alteró criterios para ciudadanía por descendencia. Saiba sobre artículo 3‑bis, excepciones, plazos de transición y documentos necesarios.

Resumen de la reforma y marco temporal

El Decreto‑Ley nº 36/2025 — conocido como Decreto Tajani — y su conversión en la Ley nº 74/2025 incluyeron el artículo 3‑bis en la Ley nº 91/1992, que regula la ciudadanía italiana. El cambio restringe el reconocimiento para muchas personas nacidas fuera de Italia, introduciendo requisitos objetivos y excepciones previstas en ley.

Punto esencial sobre retroactividad: el decreto no se limita a regular procedimientos futuros; declara efectos sobre el derecho material de ciudadanía de ciertas personas nacidas en el exterior. En otras palabras, para muchas personas el decreto retrocede al nacimiento y altera la condición jurídica que anteriormente existía. Esa retroactividad material es el núcleo de la controversia jurídica en torno al decreto.

El marco temporal para protección por reglas de transición es la fecha límite de protocolo: pedidos administrativos formalmente registrados hasta las 23h59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025, así como acciones judiciales propuestas hasta esa fecha, pueden recibir tratamiento de transición conforme al texto del decreto. Solo los pedidos efectivamente protocolados dentro del plazo (con número y fecha de protocolo comprobables) gozan de esa protección.

Quién aún puede tener derecho por descendencia

La ciudadanía por descendencia (jus sanguinis) no fue completamente eliminada, pero el alcance del derecho fue significativamente restringido:

  • Hijos y nietos: permanecen como clases de solicitantes con vías administrativas/judiciales más claras. La vía consular continúa disponible para hijos y nietos que cumplan los requisitos legales.
  • Bisnietos y generaciones posteriores: la vía consular dejó de estar disponible para bisnietos y generaciones posteriores tras el Decreto‑Ley nº 36/2025. Además, la propia norma tiene carácter retroactivo respecto al derecho material, de modo que muchos descendientes de generaciones distantes fueron, por la nueva redacción, privados del derecho que antes tenían desde el nacimiento, salvo hipótesis de excepción expresamente previstas y aplicables. Es decir, no basta con la existencia de excepciones: es necesario analizar caso por caso y considerar que la norma puede haber eliminado el derecho material para muchos solicitantes.
  • El análisis es individual: se debe verificar la calidad y el momento de las naturalizaciones de los ascendentes, la aplicación de la pérdida automática prevista en el art. 12 §2 de la Ley 555/1912 (menor integrado en caso de naturalización del progenitor en país extranjero) y la compatibilidad con las excepciones del art. 3‑bis.

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Excepciones relevantes en la nueva ley

El artículo 3‑bis prevé excepciones que pueden preservar el derecho a la ciudadanía incluso cuando el solicitante nació fuera de Italia y posee otra ciudadanía. Entre las excepciones más citadas y su alcance práctico:

  • Ascendentes de primer o segundo grado: si un ascendiente de primer o segundo grado (por ejemplo, padre/madre o abuelo/abuela) poseía exclusivamente la ciudadanía italiana — o la tenía en el momento de la muerte — eso podría ser causa para reconocimiento en ciertas situaciones previstas por la ley.
  • Residencia legal en Italia: el artículo prevé hipótesis en las que la residencia legal del progenitor en territorio italiano antes del nacimiento del descendiente puede influir en el análisis; los requisitos probatorios y temporales son estrictos (por ejemplo, prueba documental de residencia legal por un periodo determinado).
  • Línea materna y 1° de enero de 1948: casos que implican maternidad y hijos nacidos antes del 1/01/1948 siguen siendo sensibles y, en la práctica, suelen depender de la vía judicial, dada la jurisprudencia sobre igualdad y aplicación de normas antiguas.

Cada excepción tiene requisitos de prueba documental y temporal; por ello, la verificación caso a caso y la evaluación jurídica son esenciales.

Solicitudes iniciadas antes de la reforma

El decreto prevé protección/transición para solicitudes que hayan sido formalmente protocoladas (con número y fecha de protocolo) hasta las 23h59 (hora de Roma) del 27/03/2025. Procedimientos informales — como mera recopilación de documentos, envío de correo electrónico sin protocolo, pago a asesorías o indicación en una “cola informal” — no equivalen automáticamente a protocolo formal. Siempre confirme el número de protocolo y la fecha/hora de registro ante el organismo competente.

Observación importante sobre procesos y retroactividad: aunque las solicitudes formalmente protocoladas antes de la entrada en vigor estén protegidas por el texto del decreto, la norma declarativa de retroactividad material significa que la existencia de derecho en sí podría haber sido afectada para muchos descendientes nacidos en el exterior que no son hijos o nietos. Esta distinción entre protección procesal (protocolos anteriores) y pérdida del derecho material es central y debe analizarse con asesoría jurídica.

Procedimientos, plazos y vías posibles

La vía adecuada depende del perfil del solicitante y de la excepción aplicable:

  • Vía consular: permanece disponible para hijos y nietos, pero se cerró para bisnietos y generaciones posteriores por la redacción del Decreto‑Ley nº 36/2025 / Ley 74/2025.
  • Registro en el Comune (registro anagráfico en Italia): el reconocimiento administrativo en el Comune para solicitantes nacidos en el exterior dejó de ser viable en la mayoría de los casos tras el decreto; muchas situaciones que antes se trataban administrativamente fueron dirigidas a la vía judicial o quedaron sujetas a las nuevas reglas restrictivas.
  • Vía judicial: sigue disponible y, en muchos casos (por ejemplo, hijos de madre italiana nacidos antes de 1948 o disputas sobre la retroactividad material), es la vía necesaria. Tenga en cuenta que las decisiones de las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione tienen fuerza vinculante para los jueces italianos, y la cuestión de la retroactividad del decreto se ha debatido en la jurisprudencia.

Existen reglas específicas para hijos menores y casos de adquisición por declaración; cada procedimiento tiene plazos y documentos propios. Antes de invertir en traducciones, apostillas, certidumbres o honorarios, confirme qué regla legal se aplica al caso concreto.

Documentos, costos y lo que confirmar

El reconocimiento depende de documentación que pruebe lazos sanguíneos, naturalizaciones, fechas y residencias. Entre los ítems comunes:

  • actas de nacimiento, matrimonio y defunción de los ascendentes;
  • comprobantes de naturalización o documentos que demuestren ausencia de naturalización (non naturalization);
  • eventuales registros de residencia en Italia y otros documentos probatorios exigidos por la excepción aplicable.

Los costos y plazos varían según la vía (consulado, Comune, judicial) y el país de residencia. El portal acompaña decisiones de la Corte Constitucional, de la Corte di Cassazione (incluidas Sezioni Unite) y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para la actualización de los requisitos. Antes del protocolo, confirme con el organismo competente qué documentos se exigen y el formato aceptado.

Conclusión

La reforma de 2025 alteró de forma sustantiva el panorama de la ciudadanía italiana por descendencia: el derecho sigue existiendo, pero fue sustancialmente restringido; la vía consular se cerró para bisnietos y generaciones posteriores, y el reconocimiento administrativo en el Comune dejó de ser viable en la mayoría de los casos. Además, el decreto tiene efectos retroactivos sobre el derecho material de muchas personas nacidas en el exterior — este es el punto central de la controversia jurídica. Cada caso exige análisis documental y jurídico detallado para definir la vía adecuada — administrativa (cuando aplicable y protocolada antes del plazo de transición) o judicial — y el elenco de pruebas necesarias.

Fuente: Italianismo

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